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REUNIÓN DEL CONSEJERO DELEGADO DEL GRUPO CON LA
CEPSA - Dirección de Comunicación y Relaciones Institucionales el 03-07-2009, 09:55 (UTC)
 El Consejero Delegado del Grupo, Dominique de Riberolles, ha mantenido esta mañana una
reunión de carácter informativo con la representación de los Comités de Empresa de las
áreas de Refino y Química.
En este encuentro se ha comentado, en un ambiente cordial, los resultados del ejercicio
2008 y las perspectivas que se manejan para el presente año. También, el Consejero
Delegado ha informado sobre las modificaciones en la estructura accionarial de la Empresa
así como de los cambios organizativos y los relevos producidos en las Direcciones
Generales Técnica y Petroquímica.
Otros temas tratados en esta reunión han sido las importantes inversiones que se están
ejecutando en el Grupo y especialmente en las áreas de fabricación.
Además de analizar la actual crisis económica que atravesamos y que está impactando en
la actividad y en los resultados del Grupo, el Consejero Delegado ha informado, y debatido
con los asistentes a esta reunión, sobre los principales problemas estructurales existentes
en los mercados del Refino y la Química.
Para hacer frente a los desafíos presentes y futuros, y complementariamente a las notables
inversiones realizadas para adecuar nuestra producción a la evolución de la demanda,
mejorar la eficiencia energética, la seguridad y el impacto medioambiental, durante esta
reunión se ha insistido en que es imprescindible que la Empresa salga reforzada en
términos de flexibilidad y productividad, mejorando su competitividad y manteniendo los
índices de disponibilidad de las Unidades.
Con este objetivo fundamental para el Grupo, el Consejero Delegado, Dominique de
Riberolles, ha resaltado la necesidad de que los proyectos que se están acometiendo
actualmente se pongan en marcha dentro de los plazos previstos, conforme a los
presupuestos asignados, y que se rentabilicen mediante el desarrollo de un diálogo social
constructivo que permita poner en práctica las fórmulas más eficientes para el óptimo
funcionamiento de la Organización.
Madrid, 2 de julio de 2009
 

La Audiencia Nacional avala la previsión de inflación del 2% como referente salarial
Cinco Días - Madrid - 11/06/2009 el 11-06-2009, 07:50 (UTC)
 La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional acaba de dictar un sentencia que avala la previsión de inflación del 2% como un dato oficial y de referencia para negociar subidas salariales. El tribunal ha estimado la reclamación de Comfia-CCOO y otros sindicatos contra la Asociación de Contact Center Española (Telemarketing) y avala que el criterio de "previsión de inflación" que se debe seguir en la negociación colectiva se sitúa en el 2%, en lugar del 1%, según informó el sindicato. Comisiones Obreras alerta, en este sentido, del "bloqueo de las negociaciones de convenios para 2009 que se está produciendo por la oposición de ciertas patronales, que niegan la existencia de la previsión oficial de inflación o que sitúan ésta en el 1% en lugar del 2%".

El sindicato recuerda que la previsión del 2% "está reflejada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009", al hacer suya el Gobierno la del Banco Central Europeo. El sindicato lamenta que "haya que recurrir a las instancias judiciales para defender la validez de los compromisos de la negociación colectiva cuando fracasa la interlocución y las instancias de resolución extrajudicial de conflictos".

La CEOE por su parte, pidió ayer que la evolución salarial tenga en cuenta las actuales circunstancias, en donde el IPC se encuentra en tasa negativa (el último dato, del mes de mayo lo sitúa en el -0,9%). La patronal prevé que la senda bajista del IPC continúe en próximos meses.

 

Cepsa baja al 2% del beneficio el límite de pago al consejo
CINCO DIAS - A. C. - Madrid - 19/05/2009 el 19-05-2009, 11:31 (UTC)
 Los accionistas de Cepsa aprobarán previsiblemente en la junta general del próximo 26 de junio limitar al 2% del beneficio el importe conjunto anual de las retribuciones a los consejeros. Así consta en la orden del día de la junta, remitido ayer a la CNMV. El punto quinto contempla la modificación del artículo 51 de los estatutos en el que se establece la fórmula de reparto entre los consejeros de una parte del beneficio del grupo que queda limitado al 2%, cuando hasta ahora era del 5%. Eso sí, si la propuesta contiene una cláusula por la que "el propio consejo podrá renunciar total o parcialmente a dichas retribuciones en los años en que así lo estime justificado".

 

Delegados sindicales de Cepsa secundan un paro por los despedidos de Feresa
Delegados sindicales de Cepsa secundan un paro por los despedidos de Feresa el 12-05-2009, 06:27 (UTC)
 Los delegados sindicales de CCOO y UGT de Cepsa en el Campo de Gibraltar acordaron secundar ayer un paro de dos horas por la situación de 15 empleados de Feresa, una contrata de la empresa que no acepta la subrogación de estos empleados.

El delegado sindical de UGT, Juan José Villalba, explicó que el paro se prolongó desde las 8:00 hasta las 10:00 horas, siendo secundado por "parte de los trabajadores que esperaron hasta las ocho en punto" para entrar en la fábrica. Los delegados sindicales se quedaron durante dos horas.

Según dijo, CCOO y UGT están negociando una convocatoria de paro para el sector de la construcción que trabaja en la fábrica campogibraltareña, apuntando que este colectivo también está afectado.

Finalmente, indicó que no han recibido noticias de la compañía desde el encuentro mantenido el pasado viernes, con lo que los paros de dos horas se mantendrán durante toda la semana, estando prevista una huelga general para el próximo 20 de mayo.

Las movilizaciones de protestas convocadas por los sindicatos están establecidas en varias jornadas de paro. En concreto, la convocatoria que se hace para todos los trabajadores del metal del grupo Cepsa Química (Refinería, Interquisa y Petresa), se realizará del 20 al 22 de mayo de 8 a 12 horas. A partir del del día 25 y hasta el 31, la huelga se realizará en jornada completa, haciéndola coincidir con la parada programada en Refinería para la limpieza de la maquinaria. No obstante, previo a las huelgas se celebrará un Sercla (Servicio Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales).

Desde Cepsa se apuntó que el conflicto afecta a una empresa, que trabaja en sus instalaciones y es la que realiza la negociación.
 

Ramón Castresana director de Recursos Humanos de Iberdrola: «Hemos reducido el absentismo en un 10%»
ABC - Laura de Cubas - 3-5-2009 09:46:35 el 05-05-2009, 07:25 (UTC)
 Fue la primera del Ibex 35 en implantar una jornada continua flexible. Gracias a ella, y a otra serie de medidas de las que es «culpable» su IV Convenio Colectivo, la eléctrica ha conseguido beneficios que han sorprendido incluso a sus responsables, como las cuarenta horas más de productividad por empleado y año registradas el pasado 2008. Ramón Castresana, director de Recursos Humanos de Iberdrola, da fe de que lo que es bueno para el trabajador, lo es mejor aún para la empresa.

Del horario a la conciliación, de ésta a la mejora en la productividad y de ahí a...

Las consecuencias de la aplicación del convenio han sido inmediatas también en cuanto a salud laboral. Se ha reducido la accidentalidad y el absentismo en un 10%. Hoy, nuestro Índice de Frecuencia [número de accidentes con baja por millón de horas] es un 25% inferior a la media del sector, algo que nos ha llevado a convertirnos en la única eléctrica española que ha conseguido una devolución del 10% de sus cotizaciones a la Seguridad Social por contingencias laborales. Y lo que hemos ahorrado lo hemos invertido en formación, cuyo presupuesto se ha elevado un 5%.

Otra novedad ha sido la implantación de la retribución por objetivos. ¿Cómo se ha articulado?

Aunque ya existía desde el año 2001, su regulación, como tal, ha conseguido una mayor implicación de toda la plantilla en la buena marcha del grupo, así como en la creación de un mayor sentimiento de equipo para sacar adelante y cumplir proyectos y objetivos.

Y no para de innovar, acaba de poner en marcha el «Plan Familia» para personas con discapacidad...

Queremos facilitar la integración laboral y social de los familiares de empleados que acrediten una discapacidad superior al 33%. El proyecto, que se desarrolla en colaboración con la Fundación Adecco, hace un seguimiento personalizado de cada caso. Un asesoramiento que ayuda al discapacitado a ser más autónomo, para que pueda iniciar la búsqueda activa de empleo. Desde que se suscribió el acuerdo en octubre de 2008 ya se han beneficiado de este plan 38 personas.

Después de lo conseguido, ¿qué le queda a Iberdrola por mejorar en el ámbito de los recursos humanos?

Recientemente hemos aprobado nuestro Plan de Igualdad, de acuerdo a la legalidad vigente, con el que se garantizará la no discriminación dentro de la compañía. Además, seguiremos aplicando nuestras medidas pioneras en conciliación, como la reducción de jornada por maternidad sin merma salarial o la ampliación de excedencias. También completaremos la integración efectiva de las plantillas de las empresas recientemente incorporadas al grupo y seguiremos desarrollando el talento de nuestros empleados y apostando por la formación.

Gestión

Energía para crecer

Más de 108 años de historia contemplan al grupo que hoy está presente en 40 países, tantos como nacionalidades tiene en su plantilla. Un reto apasionante para su departamento de capital humano que ha visto cómo «sus mejores clientes» han pasado de 9.600 a 33.000 empleados en ocho años gracias a la incorporación de diferentes empresas -las últimas, Energy East y Scottish Power-. Éstas han generado la creación de 2.259 nuevos puestos sólo en 2008.
 

Cómo seguir cotizando para la pensión sin tener un empleo
CINCO DIAS - R. P. C. - Madrid - 04/05/2009 el 04-05-2009, 09:25 (UTC)
 Muchos trabajadores que se quedan en paro durante los últimos años de su vida laboral desconocen la posibilidad de seguir cotizando individualmente para mantener su nivel de aportaciones con el objeto de cobrar la pensión esperada. Para ello es necesario suscribir un convenio especial con la Seguridad Social.

¿Quién puede suscribir un convenio especial con la Seguridad Social?

Cualquier trabajador que cause baja en un régimen de la Seguridad Social en el que estuviera cotizando y no esté dado de alta en otro régimen en el momento de suscribir el convenio.

También pueden suscribirlo asalariados con contrato fijo o autónomos, que continúen dados de alta en el sistema de la Seguridad Social una vez cumplidos los 65 años, siempre y cuando acrediten 35 o más años de cotización efectiva y estén exentos de cotizar por contingencias comunes excepto por incapacidad temporal.

Asimismo, los trabajadores que cesen en su prestación de servicios por cuenta propia o ajena y que sean contratados nuevamente por otro empresario o el mismo, con remuneraciones que den lugar a una base de cotización inferior al promedio de las bases de cotización correspondientes a los días cotizados en los doce meses inmediatamente anteriores al cese.

Otro de los supuestos afecta a los trabajadores pluriempleados que pierdan uno de sus puestos de trabajo y quieran seguir completando su cotización. Igualmente, para aquellos desempleados que agoten la prestación contributiva y los subsidios por estar en el paro; y para quienes les sea denegada una pensión solicitada o el cobro de la incapacidad permanente.

¿Qué requisitos se exigen?

Tener cubierto un periodo mínimo de cotización a la Seguridad Social de 1.080 días en los doce años inmediatamente anteriores a la baja. En el caso de pensionistas de jubilación o incapacidad permanente a los que se les anuló o extinguió el derecho a la pensión, el periodo mínimo de cotización citado deberá estar cubierto en el momento en el que se extinguió la obligación de cotizar.

Esta cotización de 1.080 días no será exigible a los trabajadores que suscriban un convenio especial en supuestos especiales.

¿Qué supuestos especiales existen?

Los perceptores de un subsidio de desempleo mayores de 52 años, con derecho a cotizar para la pensión de jubilación; trabajadores con 55 o más años afectados por determinados expedientes de regulación de empleo; trabajadores en situación de huelga o cierre patronal; trabajadores a tiempo parcial que quieran completar su cotización; aquellos que reduzcan su jornada para el cuidado de menores de seis años, discapacitados o familiares dependientes; asalariados con permiso o licencia en cumplimiento de un puesto público sin retribución o cuidadores no profesionales de personas dependientes.

¿Por qué prestaciones se cotiza?

Las aportaciones que se hagan a través de estos convenios cubren las situaciones derivadas de contingencias comunes, fundamentalmente la jubilación, ya que no dan derecho al cobro de subsidios de incapacidad temporal, maternidad, paternidad o riesgo durante el embarazo y lactancia. Quedan excluidas la cotización y, por tanto, las prestaciones por desempleo y Fogasa.

¿Cuánto y cuándo se paga y cómo se calcula la aportación?

La cuota debe ingresarse en la Seguridad Social mensualmente. La cantidad será la resultante de aplicar a la base de cotización que elija el tipo único de cotización vigente en el Régimen General (28,3% en 2009) y multiplicar el resultado por el coeficiente 0,94.

Así, la cantidad que se ingrese todos los meses dependerá de la base de cotización por la que se opte. El interesado podrá escoger la base máxima de cotización del grupo que correspondiera a la categoría profesional en la que estaba encuadrado en el momento de dejar de trabajar, siempre que haya cotizado por ella al menos durante 24 meses consecutivos o no, en los últimos cinco años.

También puede escogerse la base mínima de cotización vigente en la fecha en la que se suscriba el convenio, ya sea para el Régimen General o el de autónomos; o una base intermedia comprendida entre las anteriores. En ningún caso, la base que se elija puede ser inferior a la mínima ni superior a la máxima del momento en el que se firme el acuerdo.

La opción de incrementar la aportación en la misma cuantía que lo haga la base máxima cada año, así como la renuncia a dicho incremento, deberá comunicarse antes del 1 de octubre y tendrá efectos a partir del 1 de enero del año siguiente.

¿Dónde se solicita?

Ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o en la Administración de ésta última correspondiente al domicilio del solicitante.

 

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